Un proyecto de ley presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina propone establecer un régimen nacional de presupuestos mínimos para la habilitación, control y fiscalización de criaderos, refugios, hogares de tránsito y pensionados de animales de compañía.
La iniciativa crea el Registro Nacional de Establecimientos para Animales de Compañía (RNEAC), de inscripción obligatoria y acceso público, con el objetivo de fortalecer la trazabilidad y combatir la actividad informal.
El texto establece requisitos comunes para el funcionamiento de estos establecimientos, como asistencia veterinaria, protocolos sanitarios, capacidad máxima autorizada, identificación individual de los animales y auditorías periódicas. Además, reconoce a los animales como seres sintientes y adopta el estándar internacional de las Cinco Libertades para garantizar su bienestar.
Entre las principales medidas, prohíbe la reproducción excesiva de hembras, la utilización de animales con patologías hereditarias incompatibles con su bienestar, la separación prematura de las crías y la comercialización de animales de compañía sin habilitación ni trazabilidad sanitaria. También veta la eutanasia como método de control poblacional y promueve programas de Captura, Esterilización y Retorno (CER) para animales en situación de calle.
El proyecto prevé sanciones que van desde apercibimientos y multas hasta clausuras e inhabilitaciones.
Según sus fundamentos, la iniciativa busca unificar criterios en todo el país frente a la actual dispersión normativa, fortalecer el bienestar animal y mejorar los controles sanitarios.