El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dispuso una simplificación del régimen de importación de vacunas virales bovinas no vesiculares con el objetivo de agilizar el ingreso de estos productos al país, manteniendo los estándares de seguridad sanitaria vigentes.
La medida fue establecida mediante la Resolución 504/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial. La norma exceptúa a estas vacunas del cumplimiento de determinados requisitos contemplados en la Resolución 61/2026, siempre que estén comprendidas en el régimen de autorización por equivalencia creado por la Resolución 333/2025 y sus modificatorias.
Según explicó el organismo, la iniciativa apunta a armonizar procedimientos y reducir cargas administrativas para facilitar la importación de productos biológicos elaborados en el exterior. Para ello, incorpora el artículo 6° bis a la Resolución 61/2026, estableciendo un régimen de excepción específico para los productos alcanzados por el sistema de equivalencia.
Desde el SENASA destacaron que los cambios representan una reorganización de los procesos regulatorios, en línea con prácticas adoptadas por otros países con una importante producción ganadera. La actualización normativa busca optimizar la disponibilidad de insumos estratégicos para la sanidad bovina, sin afectar el estatus sanitario argentino.
Las vacunas alcanzadas por esta medida son aquellas destinadas a la prevención de enfermedades virales bovinas no vesiculares y que ya cuentan con reconocimiento dentro del esquema de equivalencia sanitaria establecido por el organismo.