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Vet Market » Divulgación » 16 mar 2023

Internacional

Finalmente fue aprobada de manera definitiva la Ley de Bienestar Animal en España

Tras una tortuosa tramitación, el Congreso de los Diputados aprobó definitivamente la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales y la reforma del Código Penal sobre Maltrato Animal. Entre otras cosas, la norma crea un listado de especies permitidas, limita la eutanasia y obliga a los dueños a hacer un curso antes de tener perro.


La Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales y la reforma del Código Penal sobre Maltrato Animal serán una realidad en España, luego de haber finalizado hoy, el último trámite en el Congreso.

Tras un tortuoso camino legislativo que ha suscitado cientos de enmiendas, una crisis entre los socios de Gobierno por los perros de caza e innumerables críticas de veterinarios y científicos, la legislación aprobada entrará en vigor dentro de seis meses después de que se publique en el Boletín Oficial del Estado.

 

Lo que incluye y lo que no incluye la Ley:

Quedan excluidos de la norma los perros de caza, los pastores y las rehalas (conjunto o agrupación de perros de caza mayor, conducidos por un mismo perrero).

Con la enmienda que dividió a PSOE y Podemos, la norma fija nuevas condiciones para los propietarios, creará un listado de especies permitidas, acota la eutanasia a casos muy específicos, obliga a esterilizar a los gatos y controla la cría de animales, entre otras cuestiones.

Establece que los animales deben mantenerse "en condiciones de vida dignas", que serán estipuladas mediante un reglamento.

Además, no se podrá dejar sin supervisión a los animales de compañía durante más de tres días consecutivos; y en el caso de los perros, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas.

Con respecto a la eutanasia, solo se podrá ser practicada en condiciones muy concretas. Este era uno de los puntos más criticados por los veterinarios. "Nos pueden abocar a la supervivencia de los animales en situaciones cercanas al maltrato", advertía el Consejo General de Colegios Veterinarios de España en una carta a los grupos parlamentarios del Congreso.

Con respecto a la cría de perros solo podrá ser ejercida por aquellos que estén inscriptos y certificados como criadores profesionales. En caso contrario, el dueño podría enfrentarse a sanciones de entre 500 y 10.000 euros. Según el texto, los dueños no inscriptos como criadores tendrán que "adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía".

La esterilización será obligatoria en los gatos antes de los seis meses, que además tendrán que ser identificados con microchip.

También se crea el curso de tenencia responsable de canes. Las personas que quieran ser titulares de perros deberán acreditar ante el criador la realización de un curso de formación que será gratuito y probablemente online. El contenido y desarrollo del curso serán desarrollados en los próximos meses.

Los animales de compañía como perros, gatos y hurones no podrán ser comercializados en tiendas de mascotas. La venta de estos animales sólo podrá realizarse directamente desde la persona criadora. Aquí, todos los animales que se vendan deberán estar identificados y deberá notificarse al registro en los tres siguientes días. Las tiendas donde se comercialicen perros, gatos y hurones dispondrán de un plazo de 12 meses tras la entrada en vigor de esta ley para finalizar su actividad de venta de estas especies.

Además, se crearán seis listas que identificarán las mascotas que podrán tenerse. Es el denominado "listado positivo", que se desarrollaría tras la aprobación de la ley y que se organizará en listas de mamíferos, reptiles, aves, anfibios, peces e invertebrados. La ley contempla un plazo máximo de entre tres años y cuatro años y medio para desarrollar estos listados.

Mientras se elaboran estas listas, el nuevo texto normativo prohíbe la tenencia de los animales pertenecientes a especies que cumplan alguno de los siguientes criterios, y la necesidad de comunicar su tenencia a las autoridades en los siguientes seis meses:

1) Artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales.

2) Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto en el caso de quelonios.

3) Todos los primates.

4) Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg.

5) Especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida su tenencia en cautividad.

La Ley también da un plazo de tres meses al Gobierno, desde la entrada en vigor de la norma, para presentar una Ley de Grandes Simios que les otorgue nuevos derechos por su proximidad genética con los seres humanos.

Finalmente, la normativa sobre "perros potencialmente peligrosos" seguirá en vigor, en contra de lo que se preveía inicialmente. Por ello, también se suprime la obligatoriedad de hacer un test de sociabilidad para todos los perros.

El uso de animales en romerías y ferias cuando haga mucho calor o en los que se empleen elementos pirotécnicos estará prohibido. Reglamentariamente se determinarán los rangos de temperatura en los que se permite utilizar animales de compañía en esos casos.

 


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