Con el objetivo de fortalecer la participación de los veterinarios privados en el Plan Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dispuso que, a partir del 1 de enero de 2027, los productores podrán contratar directamente a profesionales acreditados para llevar adelante las campañas de vacunación.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 201/2026 del organismo, publicada en el Boletín Oficial, y actualiza el régimen de participación del ejercicio profesional en las campañas sanitarias contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina.
De acuerdo con la normativa, los titulares de un Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) podrán seleccionar libremente a un veterinario acreditado ante el SENASA para la compra, conservación y aplicación de las vacunas antiaftosa y antibrucélica durante las campañas oficiales o en vacunaciones estratégicas.
El nuevo esquema amplía las opciones disponibles para los productores, aunque mantiene los actuales mecanismos de control y fiscalización sanitaria establecidos por el organismo nacional.
La resolución también establece que, en caso de que el titular del RENSPA no designe formalmente a un veterinario para cumplir esta función durante las campañas, el establecimiento quedará automáticamente vinculado al Ente Sanitario responsable del plan local en su jurisdicción.
Para desempeñarse como vacunadores, los veterinarios privados deberán contar con acreditación vigente ante el SENASA, tanto para la aplicación de la vacuna contra la fiebre aftosa como para brucelosis bovina.
Asimismo, deberán adquirir inmunógenos autorizados para su uso en el país directamente de laboratorios productores o importadores, Entes Sanitarios o establecimientos habilitados. En todos los casos deberán garantizar la correcta conservación de la cadena de frío y las condiciones de almacenamiento desde la compra hasta la aplicación.
La normativa también introduce ajustes en el procedimiento operativo del Plan Nacional, especialmente en lo referido a los sistemas de comunicación y autogestión de los vacunadores dentro de las plataformas informáticas del SENASA.
Según se indicó, las herramientas digitales del organismo serán adecuadas para permitir el registro de las actas de vacunación realizadas por veterinarios privados, lo que permitirá asegurar la trazabilidad de las dosis y de las aplicaciones efectuadas.
Con esta actualización, el SENASA avanza hacia un modelo más descentralizado de prestación de servicios sanitarios, bajo supervisión estatal, que reconoce el rol profesional de los veterinarios privados y amplía las alternativas operativas para los productores, sin modificar las responsabilidades sanitarias ni los sistemas de control vigentes.