domingo 30 de noviembre de 2025 - Edición Nº2467

Divulgación | 30 Nov

Triunfo Ambiental

La Justicia vuelve a proteger a los carpinchos de Nordelta

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín ha dejado sin efecto el levantamiento de la medida cautelar que había liberado el avance de nuevas obras y la expansión urbanística en Nordelta, Tigre. La decisión judicial prioriza la protección de los humedales del Delta del Paraná y de la fauna nativa, en particular a los carpinchos.


Un reciente dictamen de los jueces Jorge Saúlquin y Luciano Enrici restablece las prohibiciones que regían sobre el desarrollo inmobiliario en el complejo urbanístico de Nordelta, Tigre.

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín advirtió que, sin estas limitaciones, el ecosistema y las especies quedaban “indefensos ante daños irreversibles”, cuestionando el modelo de expansión urbanística que ha convertido el humedal en una plataforma de negocios.

Las claves del fallo:

- Suspensión de obras: Se mantiene la prohibición de realizar nuevas obras, rellenos, drenajes o infraestructuras que alteren lagos, costas o vegetación nativa en áreas aún no consolidadas.

- Expansión limitada: Cualquier nueva etapa de desarrollo inmobiliario deberá contar obligatoriamente con un Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo y participación ciudadana.

- Adecuación al ecosistema: El fallo ordena que el complejo Nordelta, construido sobre el humedal, debe adecuarse a la naturaleza del ecosistema que eligió ocupar, asegurando la protección de la biodiversidad y el respeto al equilibrio ecológico.

 

Protección de la fauna y prohibición de métodos crueles

La resolución también pone límites estrictos al manejo de la población de carpinchos, respondiendo a las denuncias de maltrato y de métodos de control sin sustento científico.

Medidas de protección animal:

- Prohibición de métodos experimentales: Se prohíbe la aplicación de castraciones químicas y otros métodos experimentales de control de la población.

- Intervenciones avaladas: Solo se permitirán medidas sanitarias avaladas por la autoridad ambiental provincial, como vasectomías controladas o esterilizaciones bajo protocolos veterinarios estrictos y vacunas reconocidas en expedientes oficiales.

- Eliminación de elementos de riesgo: Se mantiene la prohibición de cercos electrificados y otras medidas que impidan el libre tránsito y acceso al agua de la fauna.

Además, se prohíben las fumigaciones con agroquímicos que puedan dañar la flora y fauna del humedal, permitiendo excepciones únicamente por estrictas razones de salud pública y bajo estándares rigurosos.

 

Antecedentes y el camino legal

Este reciente dictamen revierte una decisión anterior que había dejado sin efecto la medida cautelar inicial, dictada en primera instancia por el juez Guillermo Ottaviano a fines de septiembre, quien había advertido sobre la fragmentación del ecosistema y la muerte de ejemplares.

El litigio fue impulsado por organizaciones ambientalistas, entre ellas "Callejero Casa Quiere" y "La Voz de los Carpinchos", que señalaron que el problema no es solo un barrio, sino una matriz urbanística que ignora la normativa ambiental y la preexistencia de la fauna autóctona.

La cautelar se mantendrá vigente hasta que se realice y apruebe el Estudio de Impacto Ambiental requerido desde el inicio del litigio, un punto que el tribunal consideró indispensable para definir de manera definitiva los límites del desarrollo en la zona.

 


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