Sanidad Animal
Nuevas exigencias del SENASA para los productos antisárnicos ovinos
El SENASA actualizó las exigencias de rotulado para los productos inyectables antisárnicos destinados a ovinos. La medida busca asegurar que solo los medicamentos con eficacia comprobada puedan declararse totalmente efectivos, fortaleciendo así las estrategias sanitarias para el control y erradicación de la sarna ovina en el país.
Con el objetivo de fortalecer la sanidad ovina y asegurar el uso adecuado de los productos veterinarios, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) estableció nuevas condiciones de rotulado para los inyectables destinados al tratamiento de la sarna ovina que contengan avermectinas o milbemicinas.
La medida, oficializada mediante la Resolución SENASA 828/2025 y publicada recientemente en el Boletín Oficial, dispone que estos medicamentos deberán incluir en sus etiquetas, de manera visible, la leyenda: “Producto apto para el control de la sarna ovina”.
Asimismo, los productos antisárnicos inyectables elaborados con estos principios activos -derivados de las lactonas macrocíclicas- solo podrán declarar “100% de eficacia” cuando los ensayos oficiales así lo certifiquen, conforme a lo establecido en la Resolución SENASA 532/2021.
Las empresas titulares disponen de 90 días corridos desde la entrada en vigencia de la norma para adecuar los rótulos. El trámite deberá gestionarse a través del portal SIG-Trámites, vinculando la modificación con el registro correspondiente y actualizando la información en el Vademécum de Productos Veterinarios del SENASA.
Con esta actualización normativa, el organismo sanitario nacional busca garantizar información clara, precisa y verificable tanto para los productores como para los profesionales veterinarios. De esta manera, se asegura que solo los productos con eficacia comprobada puedan presentarse como totalmente efectivos, contribuyendo a la erradicación de la sarna ovina en las zonas afectadas y reduciendo el riesgo de reinfección en las majadas.
