Justicia
Animales de compañía en el divorcio: Un conflicto legal y emocional
Cuando una pareja se divorcia, el televisor y el auto tienen un marco legal de división, pero el animal de compañía -un ser sintiente que es parte de la familia- queda en un vacío jurídico. Esto es lo que sucedió con una reciente sentencia en Córdoba, que rechazó homologar un acuerdo de tenencia compartida de dos perras.
El concepto de familia ha evolucionado, y para millones de personas en Argentina y el mundo, esta incluye a sus animales de compañía. Sin embargo, cuando una pareja se separa, la ley a menudo no acompaña esta realidad.
En el marco legal, siguen considerando a estos animales como "bienes muebles", equiparables a un televisor o un automóvil, lo que genera un profundo vacío jurídico y un conflicto emocional.
El caso de Córdoba que expone el vacío jurídico
Esta tensión se puso de manifiesto recientemente en la provincia de Córdoba, donde un juez rechazó homologar un acuerdo de divorcio que establecía el cuidado compartido de dos perras.
Aunque el fallo, Sentencia 206/2025, reconoció que los animales son "seres sintientes", mantuvo su estatus legal como "bienes", dejando el acuerdo como un simple compromiso sin fuerza vinculante.
La decisión, criticada por la Sala de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Córdoba, subraya la brecha entre una normativa desactualizada y la vida real de las "familias multiespecie".
Un fallo que desaprovechó una oportunidad
El juez argumentó que la figura de “cuidado personal” se aplica exclusivamente a hijos e hijas, y que extenderla a los animales de compañía sería una “desnaturalización” de la normativa.
Desde la Sala de Derecho Animal, la abogada María Eugenia Martínez lamentó que Córdoba haya desaprovechado la oportunidad de incorporar el concepto de familia multiespecie, que ya es aceptado en otras jurisdicciones.
El organismo sostiene que principios constitucionales como el "pro homine" (que prioriza la interpretación más favorable a la persona) y la igualdad permitirían una visión más amplia, reconociendo a los animales como miembros de la familia.
El costo emocional y el bienestar animal
La falta de una regulación clara no solo afecta a las personas, sino también al bienestar de los animales de compañía, quienes pueden sufrir estrés y ansiedad ante la separación de sus cuidadores y el cambio en su rutina.
Para los tutores, la incertidumbre legal sobre el destino de su compañero animal agrava el dolor del divorcio, transformando al animal de compañía en un objeto de disputa o incluso en una herramienta de coerción.
Martínez lo resume con crudeza: “Hoy en un divorcio se puede discutir quién se queda con un televisor, pero no con quién se harán cargo los gastos de los animales, cuando son parte de la familia”. Esta falta de amparo legal deja en una situación de vulnerabilidad tanto a las personas, que pierden a un ser querido, como a los animales, que carecen de una protección específica.
Un futuro de familias multiespecie
A pesar de fallos como el de Córdoba, la jurisprudencia argentina ha mostrado avances, con jueces que han homologado acuerdos de tenencia compartida y régimen de visitas para animales de compañía, reconociendo su valor socioafectivo.
La solución definitiva, sin embargo, debe provenir de una reforma legislativa que adecue el Código Civil y Comercial a la realidad social, reconociendo a los animales como seres sintientes con derechos propios, y no como meros objetos.
El caso de Córdoba es un claro recordatorio de que, aunque el cariño por los animales de compañía ha sido legalmente reconocido, aún queda un largo camino por recorrer para que su lugar en la familia sea plenamente amparado por la ley.