Justicia
Condenan en Corrientes a tres hombres por el traslado de 14 gallos para riña
Gendarmería había hallado las 14 aves en condiciones ilegales y alto estrés junto a un “ring” plegable. El caso marca un precedente local que desincentiva las riñas clandestinas y visibiliza el sufrimiento animal y el riesgo sanitario que las rodea. También recuerda la importancia del control del transporte y la trazabilidad para prevenir delitos y proteger el bienestar animal.
La jueza de Garantías de Mercedes (Corrientes), Simy Beatriz Benasayag, homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a R.R.A.P. (27), R.A.C. (48) y J.C. de S. (59) a un año de prisión en suspenso, más costas y reglas de conducta, por crueldad animal e infracción a leyes de policía sanitaria. En su resolución, la magistrada declaró “la responsabilidad penal” de los imputados como autores del delito enrostrado.
El caso se originó el 23 de junio cuando personal de Gendarmería Nacional detuvo una Nissan Frontier sobre la Ruta Nacional 123, a la altura de Felipe Yofre. En la caja del vehículo se hallaron 14 aves de corral para riña (13 gallos y 1 gallina), envueltas en telas, atadas de las patas y en estado de estrés, lo que llevó al Senasa a ordenar su sacrificio y entierro con cal por infracciones de trazabilidad sanitaria y riesgo animal y humano.
Dentro del vehículo también se secuestró una valija de madera con las inscripciones “Tradición Gallera” y “Stud Sangre Pura”, que contenía guantes protectores, piqueras, un estuche con 10 picos de cromo cobalto y diversos insumos (antibióticos, corta hilos, pinzas, tijeras). Además, había carretes de hilo, productos veterinarios, un box plegable con forma de dodecágono y una alfombra con restos de sangre utilizada como piso de combate.
Los peritos confirmaron el estado de los animales y la finalidad de los elementos. El veterinario Federico Lottero verificó que eran Shamo Japonés, atados y apilados sin condiciones sanitarias adecuadas. El perito Alexis Morales documentó en fotografías y planimetrías la disposición de aves y materiales.
Durante la audiencia, los tres imputados aceptaron el procedimiento de juicio abreviado (art. 374 del CPP), renunciaron al debate oral y reconocieron sus firmas, según el fallo difundido por Microjuris. La jueza consideró que la aceptación fue libre y voluntaria, y con base en la prueba y la confesión, tuvo por acreditada la autoría y responsabilidad penal.
Como reglas de conducta, el tribunal dispuso: a) fijar residencia y no variarla sin autorización; b) no cometer nuevos delitos; y c) presentarse ante la OFIJU cada seis meses, en forma personal o por medios telemáticos. Asimismo, ordenó el decomiso de todos los elementos secuestrados para su disposición final.
Qué son las riñas de gallo y por qué son crueles
Las riñas de gallo son enfrentamientos organizados entre machos seleccionados (muchas veces de razas como el Shamo Japonés) que, mediante adiestramiento y con artefactos punzantes (piqueras, espuelas metálicas o picos de cromo cobalto), se agreden hasta la extenuación o la muerte. Suelen realizarse en un ring o box circular o poligonal, ante público y con apuestas.
Son prácticas crueles porque:
- Provocan dolor, lesiones graves y sufrimiento innecesario: cortes profundos, hemorragias, fracturas, daños oculares y muerte.
- Fomentan el estrés extremo: el transporte en bolsas o telas, con patas atadas y hacinamiento, agrava el padecimiento.
- Implican instrumental para maximizar el daño (espuelas/picos metálicos) y un entrenamiento orientado a la agresión.
- Exponen a riesgos sanitarios (zoonosis, trazabilidad inexistente) por el tránsito clandestino y el uso de productos veterinarios sin control.
En Argentina, la Ley 14.346 de Malos Tratos y Actos de Crueldad contra los Animales penaliza este tipo de prácticas, y la normativa sanitaria (Senasa) exige trazabilidad y condiciones de bienestar en el traslado de animales. El fallo de Mercedes refuerza ese estándar al sancionar tanto la crueldad como las faltas sanitarias asociadas a la actividad clandestina.
Claves del fallo
- Condena: 1 año de prisión en suspenso para tres imputados.
- Hecho: traslado de 14 aves para riña en condiciones ilegales y alto estrés.
- Evidencia: piqueras, picos de cromo cobalto, antibióticos, box plegable y alfombra con sangre.
- Medida sanitaria: sacrificio y entierro con cal de las aves por orden de Senasa.
- Reglas de conducta: fijar residencia, no delinquir y presentaciones periódicas ante la OFIJU.
- Decomiso: disposición final de todos los elementos secuestrados.
El caso marca un precedente local que desincentiva las riñas clandestinas y visibiliza el sufrimiento animal y el riesgo sanitario que las rodea. También recuerda que el control del transporte y la trazabilidad son claves para prevenir delitos y proteger el bienestar animal.