Ley 27.669
La FEVA solicitó al Senasa que se incluya a la medicina veterinaria en la Ley de Cannabis Medicinal
La Federación Veterinaria Argentina solicitó al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria que la medicina veterinaria y sus profesionales sean incluidos en dicha la Ley 27.669, que regula el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y del cáñamo industrial en Argentina.
En el mes de mayo se promulgó la Ley 27.669 que regula el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y del cáñamo industrial en Argentina.
Para su regulación se creo la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), que tendrá como función regular -entre otras- la importación, exportación, cultivo, producción industrial, fabricación, comercialización y adquisición, por cualquier título de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados con fines medicinales o industriales.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), es uno de los organismos oficiales que está contemplado en la Ley para trabajar de manera coordinada con la ARICCAME.
En el texto de dicha Ley no se aclara si la medicina veterinaria y los profesionales veterinarios están incluidos en su prescripción y uso para sus pacientes.
En virtud de ello, la Federación Veterinaria Argentina (FeVA) envió una carta dirigida a la Ing. Agr. Diana Guillén, presidenta del Senasa, para solicitar que sea incluida en dicha Ley a la medicina veterinaria y a sus profesionales.
Según trabajos científicos, los usos en tratamientos terapéuticos de los aceites derivados del cannabis han dado resultados favorables aplicados tanto en personas como en animales.