Durante la 7ma. Sesión Ordinaria, llevada a cabo en el día de ayer, la Cámara de Diputados de la provincia de Jujuy aprobó diversas leyes. Entre ellas, la N° 6293 sobre el Régimen de Tenencia Responsable de Animales de Compañía, que tiene el objeto de regular la protección integral delos animales de compañía y la tenencia responsable de los mismos, tanto domésticos como asilvestrados.
La nueva ley establece que el Poder Ejecutivo colaborará en el control de la población canina y felina, prestando asistencia a los municipios en la práctica de la castración o esterilización quirúrgica incluyendo campañas de información sobre vacunación, desparasitación y el cuidado responsable de los animales de compañía.
También se desestimó "la eutanasia" como medida de control poblacional animal, por lo que será potestad de los profesionales la decisión de cómo actuar con animales domésticos o asilvestrados que hayan atacado a alguna persona.
La Ley 6293 permite a su vez formalizar convenios con entidades privadas y públicas municipales, nacionales, fuerzas de seguridad, para su mejor cumplimiento y su reglamentación.
Por otro lado, establece que toda persona que acepte ocuparse del cuidado de un animal de compañía será responsable de su salud y bienestar, por lo que determina que el cuidador o responsable tiene la obligación de brindarle un alojamiento y garantizarlos los cuidado básicos.
En tanto, los animales domésticos que se encuentren sueltos, abandonados o muertos en la vía pública, sin la correspondiente identificación, serán rescatados por el personal designado al efecto y depositados en el lugar que el ente público responsable determine.
A su vez, la norma prevé la creación del "Registro de Maltratadores de Animales", en el que deberán figurar personas denunciadas que no podrán adoptar, tener, y residir con animales.

Se considerarán infracciones el incumplimiento de los requisitos y obligaciones de la nueva norma.
Por otra parte, se considerarán infracciones el incumplimiento de los requisitos y obligaciones de la nueva norma, que se clasificarán como leves, graves y gravísimas, para las cuales habrá multas.
El Ejecutivo, mediante reglamentación, determinará la autoridad de aplicación, aunque los municipios y las comisiones municipales actuarán como autoridades locales de aplicación ejerciendo control y vigilancia de su cumplimiento.