Villa Crespo
Encuentran en un allanamiento 7 gatos muertos en una heladera y 17 hacinados en jaulas
Los animales fueron descubiertos en un procedimiento del que participaron médicos veterinarios policiales y personal de la Agencia de Protección Ambiental y del Ente de Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad.
Este lunes 12 de abril se llevó a cabo un operativo en un departamento en Villa Crespo, donde efectivos de la Policía de la Ciudad halló 7 gatos muertos en una heladera en un departamento de la zona y 17 gatos en condiciones de hacinamiento, sin comida ni bebida y con falta de higiene.
El allanamiento fue realizado por personal de la División Investigaciones Delictivas y Operaciones Especiales de la Policía de la Ciudad en conjunto con el Cuerpo de Investigaciones Judiciales. La dueña de la vivienda, una mujer de nacionalidad argentina, de aproximadamente 50 años no estaba en su domicilio.
La investigación fue llevada adelante por la Unidad Fiscal Especializada en Material Ambiental a cargo del doctor Carlos Rolero Santurián.
Los efectivos porteños encontraron en el interior de la vivienda 14 gatos adultos y 3 crías, con un evidente estado de salud deteriorado y con signos de enfermedades infecciosas. A su vez, dentro de un freezer, hallaron 5 cadáveres de gatos y 2 más en el interior de la heladera.
La Fiscalía Penal Contravencional y de Faltas N° 40 dispuso el secuestro de los cadáveres para ser llevados al Instituto Pasteur con el objetivo de practicarles las autopsias correspondientes, como así también el rescate de los animales que estaban con vida quienes fueron derivados a dos fundaciones de protección: Salvando Vidas y Colitas Rescatadas.
Por otro lado, se dejó una consigna policial de la Comisaría 15 B en la puerta de la vivienda para esperar a la propietaria y proceder a su detención. La causa tramita en el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 15, a cargo de la doctora Araceli Martínez.
De acuerdo con el artículo Nº 1 de la Ley 14.346 de Maltrato Animal, "será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales".
Según la normativa "no alimentar en cantidad y calidad suficientes a los animales domésticos o cautivos" es considerado un "acto de maltrato".
La ley también hace referencia a los "actos de crueldad", entre ellos, “practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizadas para ello; abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones; causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato; y lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad".