jueves 13 de noviembre de 2025 - Edición Nº2450

Profesión | 13 Apr 2023

Comunicado de Feva y Fecovet

Decreto 185/2023: Aclaración de las Federaciones que agrupan a los Colegios y Consejos Veterinarios

La Federación Veterinaria Argentina y la Federación de Colegios y Consejos de Veterinarios de la República Argentina dieron a conocer un comunicado conjunto para aclarar aspectos del Decreto recientemente promulgado de interés veterinario. Lo compartimos.


Comunicado de FeVa y FECOVET:

 

Aclaraciones del Decreto Presidencial que impacta en veterinaria

Recientemente el presidente de la Nación Alberto Fernández convocó a los representantes de la profesión veterinaria para la firma del Decreto 185/2023, que autoriza al farmacéutico a recibir una receta expedida por un Médico Veterinario/a matriculado/a.

Desde FeVA y FECOVET consideramos pertinente realizar las siguientes aclaraciones para evitar interpretaciones equivocadas sobre esta situación.

Este decreto solo clarifica una situación que siempre ocurrió, cuando el profesional veterinario encuentra una droga en humanos que puede abordar patologías de un paciente (exclusivamente para animales de compañía) de forma más eficiente.

Lamentablemente la difusión de su contenido no condice con el espíritu de la norma, por ello decimos NO SE HABILITA A LAS FARMACIAS A COMERCIALIZAR PRODUCTOS VETERINARIOS (esta es una actividad reservada al título de Veterinario y/o Médico Veterinario), ni TAMPOCO HABILITA A LAS VETERINARIAS A VENDER MEDICAMENTOS DE USO HUMANO PARA SUS PACIENTES. El único cambio es que ahora el farmacéutico podrá aceptar formalmente la receta de un veterinario matriculado para que la gente adquiera ahí el producto para su animal.

Por ello un profesional puede prescribir un producto para su aplicación, bajo su responsabilidad para un tratamiento específico, pero no lo puede comercializar.

 

 


 

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