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jueves 22 de mayo de 2025 - Edición Nº2275
Vet Market » Profesión » 12 abr 2023

Decreto 185/2023

"Bajo ningún punto de vista el nuevo Decreto habilita a las farmacias a vender productos veterinarios"

La precisión del Dr. Juan Enrique Romero se complementa diciendo que "tampoco las veterinarias están autorizadas a vender productos farmacéuticos humanos". Lo que sí habilita el Decreto 185/2023 es a que "la receta del médico veterinario tenga la misma validez que la de un médico o un odontólogo para poder hospitalariamente prescribir un vademécum mucho más amplio sin ningún tipo de traba legal".


En el día de ayer el presidente Alberto Fernández presentó en la Residencia de Olivos y ante la presencia de las autoridades de las entidades que representan a la profesión veterinaria, el Decreto 185/2023 de interés veterinario y farmacéutico.

 

 

Concretamente, el artículo 1° del nuevo Decreto dice: "sustitúyese el inciso c) del artículo 25 de la Reglamentación de la Ley N° 17.565, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 7123 de fecha 15 de noviembre de 1968 y su modificatorio. El mismo ha quedado redactado de la siguiente forma: c) vigilar que en la farmacia bajo su dirección solo se acepten las recetas extendidas por las personas autorizadas por la Ley Nº 17.132 a efectuarlas, así como por todo médico veterinario matriculado y toda médica veterinaria matriculada ante la autoridad jurisdiccional competente según lo establezca la normativa vigente".

En tanto, el artículo 2° del Decreto, dice: "La Autoridad de Aplicación de la Ley N° 17.565 y sus modificatorias, en el ámbito de sus competencias, podrá dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias, con el fin del efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto".

Lamentablemente, algunos medios masivos interpretaron erróneamente el Decreto y generaron confusión al transmitir la noticia.

Para esclarecer el tema, el Dr. Juan Enrique Romero, funcionario del Ministerio de Salud de la Nación y uno de los impulsores del nuevo Decreto señala: "Este Decreto lo que hace es poner negro sobre blanco lo que ha sido siempre un uso y costumbre en la medicina veterinaria, que es poder prescribir medicamentos que son de uso humano y que obviamente se venden en farmacias humanas. Además, equipara al profesional veterinario con cualquier otro profesional de la salud. Porque hasta antes de este Decreto, el reglamento que normatizaba la profesión farmacéutica decía que el farmacéutico solo podía aceptar recetas de médicos u odontólogos".

"A partir de este Decreto, el farmacéutico también puede aceptar recetas de médicos/as veterinarios/as debidamente matriculados en cualquier circunscripción del país. Esto junto con la resolución del Ministerio de Salud de la Nación, que firmó recientemente la ministra Dra. Carla Vizzotti, donde se declara de interés sanitario a la profesión veterinaria y se incluye a los profesionales en el Registro Nacional de Profesionales de la Salud, no hace otra cosa que equiparar a nuestra profesión dentro del concepto Una Salud y es altamente beneficioso", agrega Romero.

"Cabe aclarar, que bajo ningún punto de vista el nuevo Decreto habilita a las farmacias a vender productos veterinarios, ni a las veterinarias a vender productos farmacéuticos humanos, sino que habilita a que nuestra receta tenga la misma validez que la de un médico o un odontólogo y podamos hospitalariamente y desde el punto de visto prescriptivo utilizar un vademécum mucho más amplio sin ningún tipo de traba legal", concluye Romero.

 

 


 

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